Rebajan edad de imputabilidad en Colombia

Mayores de 14 años podrán ser privados de la libertad en casos determinados
Al aprobar en último debate la nueva Ley de Infancia, Colombia se convirtió en el último país del continente en adaptar su legislación a lo exigido por los tratados internacionales.
Los 215 artículos de la disposición crearán un nuevo esquema de protección para cerca de 18 millones de menores. La norma fue impulsada por los senadores Gina Parody y Héctor Helí Rojas, apoyados por la Alianza por la Niñez Colombiana.
Los adolescentes que tengan entre 16 y 18 años podrán ser privados de la libertad cuando incurran en delitos graves, como tráfico de estupefacientes, hurto calificado y porte de armas, homicidio culposo, tortura y desplazamiento forzado, entre otros. En estos casos, la privación de la libertad estará entre 1 y 5 años.
Los menores de entre 14 y 16 años solo podrán ser recluidos en instituciones cerradas cuando incurran en tres delitos: secuestro, extorsión y homicidio doloso. En estos casos, la privación de la libertad será de hasta 8 años. Inicialmente, el proyecto establecía que los menores de 16 no fueran privados de la libertad.
Los niños que no estén en estos 2 grupos y cometan otras conductas ilegales, como ‘raponazos’, recibirán penas como régimen semicerrado, libertad vigilada, prestación de servicios comunitarios y amonestaciones.
La nueva Ley también elimina los beneficios de reducción de penas para quienes abusen sexualmente y maltraten a los menores. Los adultos que lastimen a los niños no podrán recibir sentencia anticipada, casa por cárcel ni libertad condicional. Se mantienen, en este caso, como únicos beneficios la rebajas por estudio y trabajo, porque estos son constitucionales.
En el capítulo de la adopción, aunque se planteó inicialmente prohibir las donaciones que recibían las casas privadas, se aprobó una disposición en la que se permiten estos giros siempre y cuando no hagan parte de una contraprestación por una adopción.
A la que la haga y se le compruebe que recibió una donación a cambio de entregar en adopción a un menor, se le cancelará la licencia.
La Ley de Infancia establece que los menores están autorizados para trabajar a partir de los 15 años (antes era a los 14), siempre y cuando no esté en riesgo su integridad física.
Ahora solo resta que el presidente Uribe sancione la Ley, para que entre en vigencia en seis meses. Eso sí, la eliminación de beneficios para quienes abusen de menores será de aplicación inmediata.
Otros puntos clave de la Ley
Trabajo infantil: antes los menores de 14 años podían trabajar y había excepciones con algunos niños de 12. Con la Ley, la edad se sube un año, a 15, y deben tener autorización del Ministerio de la Protección Social.
Situaciones irregulares: se reconoce la necesidad de proteger a niños en desplazamiento, explo- tación sexual y reclutamiento.
No habrá gratuidad en educación: Por petición del Ministro de Hacienda, la gratuidad en la educación de los menores de los estratos 1, 2 y 3 del Sisbén, que buscaba que el Estado cubriera los gastos de transporte, alimentación y otros derechos académicos, fue eliminada de la Ley.

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