Cabezas con precio (29 de octubre al 5 de noviembre 2004)

Montesinos, Escobar Gaviria, bin Laden, Hussein…Todos estos nombres tienen algo en común: en algún momento, los estados que los vieron nacer ofrecieron importantes cantidades de dinero por su captura, o por información que condujera a realizarla.
El pago de recompensas revela el interés que un Gobierno puede tener por poner tras las rejas a un malhechor. O más aún, como se diría en términos militares, por “neutralizarlo”. El sujeto o su organización completa se ha convertido en algo tan nocivo para la sociedad que más vale traerlo ante la justicia a como dé lugar, “vivo o muerto”.
Por supuesto, tal expresión suena a Lejano Oeste. Pero ya las ofertas por la cabeza de un indeseable no son divulgadas mediante afiches colocados en los postes de las esquinas, sino a través de Internet. El gobierno de Alvaro Uribe en Colombia, por ejemplo, creó toda una escala de cotizaciones por cada individuo. Desde los líderes paramilitares en todo el país hasta los jefes guerrilleros, las ofertas oscilan entre 65 mil dólares y 1,3 millones de dólares.
Pero los colombianos no han sido los únicos. La cabeza de Osama bin Laden, el disidente saudí y líder de la organización Al Qaeda, comenzó cotizándose en 25 millones de dólares. El gobierno venezolano ofreció este año 50 millones de bolívares (aproximadamente 20 mil dólares) por cada información que permita la detención de ciertos militares pasados a retiro, quienes se declararon en “desobediencia legítima” durante el mes de octubre de 2002. En ese mismo país el gobierno regional de Zulia (estado ubicado en el extremo noroccidental, colindante con Colombia) imprimió un panfleto para anunciar el pago de 50 millones de bolívares a quien “suministre información veraz que conduzca a la liberación del secuestrado”, y entre 5 y 10 millones de bolívares “por pistas reales, fidedignas y veraces que ayuden” a la captura de los plagiarios. En México el gobierno del Distrito Federal instauró un programa similar a éste para gratificar con cantidades que oscilan entre 500 y 5 mil pesos a quienes faciliten con datos la solución de los secuestros.
Cada Estado que ofrece una recompensa expresa mediante una declaración pública su interés por sacar de circulación a un individuo o por lograr el rescate de un cautivo. Al mismo tiempo pone de manifiesto su incapacidad para hacerlo por cuenta propia. Desde el punto de vista del ciudadano el costo de una recompensa es doble, pues además del efectivo entregado a quien la gana en buena lid hay que continuar cancelando los sueldos de los funcionarios que participan en esa investigación.
Este sistema, además, genera vicios dentro de las instituciones policiales. Agencias estadounidenses como el Servicio de Aduanas y la Administración para el Control de las Drogas (DEA) aplican un método para estimular la delación en materia de sustancias prohibidas, de forma tal que el delator obtiene un porcentaje del valor del alijo decomisado. El gran problema con esto, tal y como lo describieron Mylene Sauloy e Yves Le Bonniec en la obra “¿A quién beneficia la cocaína?”, es que por regla general los informantes pertenecen a las organizaciones criminales, y no conviene sustraerlos de ellas pues de lo contrario cesa el flujo de datos, y también de dinero. Es un juego perverso, que tiende a prolongar los males que pretende combatir.
El pago de recompensas tiene que ser reglamentado, si es que se decide instituirlo. Perú, por ejemplo, emitió en agosto de 2003 un “decreto supremo” para recompensar a quien “facilite la captura de líderes subversivos”. Allí quedaron establecidas las condiciones mínimas al respecto: 1) el calificativo de líder terrorista o subversivo queda a cargo del ministerio del Interior; 2) la información aportada debe ser “veraz y oportuna”, es decir, debe conducir a la aprehensión de la persona solicitada; 3) el receptor del dato tiene que ser miembro de una comisión especial creada por el Gobierno para tal finalidad; 4) una vez producida la detención, el interesado debe exigir el pago de la suma ofrecida en un lapso no mayor de 60 días contínuos; 4) todos los trámites al respecto serán de absoluto secreto.
Queda entendido que los particulares no pueden ofrecer recompensas por capturas. Eso compete a los estados. En Colombia, sin embargo, se vio hace apenas 15 años que los carteles de la droga ofrecían pagos por la captura o matanza de miembros de organizaciones rivales o de policías. Era un signo de la quiebra del Estado.

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