El Copp y el terrorismo procesal

Antes del COPP se practicaba con frecuencia cotidiana el terrorismo judicial, debido a que todas las funciones y el poder legales se concentraban en el juez de instrucción penal. Así, en el sistema inquisitivo, escrito y secreto, el instructor investigaba, acusaba, detenía y juzgaba, si se conmovía y lo pensaba dos veces, hasta defendía al indiciado. Tenía facultades para todo ello, por lo que la arbitrariedad y los abusos contra los derechos humanos se hicieron moneda corriente.
Con el COPP, tales funciones se separaron para que cada funcionario (policía de investigación penal, fiscal y juez) controlara al otro, en un balance de poderes que representara un sistema más adecuado con el Estado de Derecho, según el cual una de sus reglas es que “el poder controla al poder”. O sea, mediante ese mecanismo de contrapesos se debe garantizar en la práctica la presunción de inocencia, el juicio en libertad y los derechos humanos, por eso se ha justificado la división del trabajo procesal.
Para la COPRE, el terrorismo judicial consistía en el mal uso del proceso penal para conseguir fines represivos y punitivos, bajo motivación política, económica, de poder y hasta de corrupción. Se trataba de una desviación evidente de poder y de una torcedura inaceptable del derecho.
Se suponía que con el COPP se acabarían esas persecuciones injustas. Sin embargo, se ha hecho cada vez más notorio que si existe un motivo distinto a los estrictamente legales y los operadores judiciales lo permiten al no controlar a los otros, se puede dar un mal uso al proceso para perseguir a personas naturales y jurídicas y aplicar “castigos procesales”, mediante imputaciones erróneas y hasta risibles, para lograr una detención. Dicha prisión se prolonga indefinidamente mediante formulismos, diferimientos, presiones, acusaciones a los abogados, a los escabinos, destituciones de jueces, jubilaciones de oficio y un largo etcétera.
Para nuestra decepción, el proceso penal acusatorio, oral, público, participativo se ha venido convirtiendo en un nuevo proceso inquisitivo, utilizado para perseguir injustamente en violación de los derechos civiles. Es hora que los colegios de abogados levanten su voz y censuren esta práctica. También que el legislador establezca severas sanciones a los funcionarios que incurran en esta desviación de poder y funciones. Es tiempo de exigir justicia y que cesen estas detenciones injustas.

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