Justicia universal y Al Bashir

Justicia universal y Al Bashir
El 17 de julio de 2008 se cumplieron 10 años de la firma del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional (el “ER”). Eso constituyó una celebración de la jurisdicción universal de los derechos humanos, por la cual las víctimas y sobrevivientes de las peores atrocidades cometidas por seres humanos contra sus semejantes conmemoran el inicio del cese de la impunidad. Esta conmemoración pasa por evaluar su eficacia: el caso Al Bashir es el desafío del momento, debido a la ignorancia, desprecio y falta de respeto a los derechos humanos de las víctimas de Darfur que muestran todavía algunos líderes y Jefes de Estado.
La Corte Penal Internacional (“CPI”) dictó orden de detención contra el Presidente de Sudán, acogiendo la solicitud del Fiscal Moreno Ocampo. Como respuesta, Al Bashir expulsó a las organizaciones humanitarias que dan atención a los casi 3 millones de refugiados, víctimas de la violencia. Con ello, Al Bashir ha creado condiciones de exterminio a la población civil indefensa. Ello se suma a los 300.000 muertos por efectos de la violencia que se atribuye a Al Bashir. Los cargos fiscales de la acusación aceptados por la CPI son crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra, incluyendo la violación generalizada, el asesinato y la tortura cometidos como parte de un plan de gobierno. La acusación de genocidio no ha sido aceptada aún, dadas las dificultades de prueba que tiene dicha acusación.
En el año 2009 se puede hacer una revisión de las normas del ER, pero, tal como sugieren las ONG’s resulta imperiosos evaluar su eficacia, especialmente en materia de cooperación de los Estados. Otro tema que necesita ser legislado es el crimen de agresión. Además, se ha debe estudiar el caso del terrorismo y del narcotráfico, tal como propuso la Conferencia de Roma de 1998.
Hasta ahora el ER sido firmado por 139 países y ratificado por 108. Tales miembros han aceptado el compromiso de aceptar su jurisdicción de forma plena y deben prepararse para reformar su legislación interna. Venezuela no lo ha hecho a pesar de haber sido uno de los impulsores iniciales más vigorosos. Afortunadamente, se ha aceptado su jurisdicción y tod@s l@s venezolan@s nos encontramos bajo la tutela jurisdiccional de la CPI.
Los crímenes internacionales de genocidio, de lesa humanidad y de guerra se han una tipificado para brindar a los países un modelo que debería servir para hacer lo propio en las leyes nacionales. Esa es la idea. La CPI no es un tribunal de alzada, tampoco una corte subsidiaria. Se trata de una instancia internacional que complementa la legislación interna de cada país. Su competencia se activa en caso de que un Estado no pueda o no quiera castigar tales crímenes (efecto “gatillo”). En el caso venezolano, dado que no se ha dictado el instrumento de implementación opera el efecto gatillo de forma automática.
La CPI viene conociendo, hasta ahora, de cuatro casos. A saber: (i) República Centroafricana, (ii) Darfur, en Sudán (iii) República Democrática del Congo y (iv) Uganda. En tales casos se han librado diferentes órdenes de detención contra los responsables de crímenes de lesa humanidad y de guerra tales como: violación, tortura, ultrajes a la dignidad personal, en particular tratamiento humillante y degradante, saqueos a poblados o lugares, persecución, asesinato y ataques contra población civil, traslado forzoso, destrucción de propiedad y actos inhumanos, entre otros.
Lo más preocupante es constatar como se hace uso del poder para cometer tales atrocidades. Por ejemplo, en Darfur «los criminales debieron movilizar y coordinar todo el aparato estatal, desde los servicios de seguridad hasta las burocracias de información pública y el sistema judicial», como ha dicho el Fiscal ante la CPI, Dr. Moreno Ocampo.
Los Estados que forman parte del ER están obligados detener a Al Bashir, en caso de que pise su territorio. Asimismo, deberán hacer entrega del prisionero a la CPI, como ordena ese instrumento. Venezuela es parte del ER.
Irene Khan, secretaria general de Amnistía Internacional, ha declarado: “La ley es clara. El presidente al Bashir debe comparecer ante la Corte para defenderse. Si se niega a hacerlo, las autoridades sudanesas deben asegurarse de que es detenido y entregado inmediatamente ante la CPI”. Según Irene Khan: “El anuncio de la orden de detención es importante tanto para Darfur como para el resto del mundo: indica que las personas sospechosas de violar los derechos humanos serán juzgadas, no importa lo poderosas que sean”. https://www.es.amnesty.org/paises/sudan/noticias-relacionadas/a rticulo/amnistia-internacional-pide-que-se-detenga-al-presidente-al-bashir/< /FONT>
Falta mucho por hacer para combatir los peores crímenes contra la humanidad. Lo más importante es que los Estados cooperen para erradicar la impunidad, que se desarrolle la jurisdicción universal, se implante el derecho penal internacional en cada país y que se sancione severamente cada crimen internacional, sin miramientos a privilegios políticos, militares, parlamentarios o diplomáticos de los responsables. El Estado se ha construido para servir a la población, no para masacrarla, perseguirla o torturarla.
Venezuela reclama un nuevo instrumento legal que desarrolle el ER, tutele el derecho internacional de los derechos humanos y el derecho humanitario. Mientras tanto, debe cooperar de forma activa con las órdenes del la CPI, como dicta su ordenamiento jurídico. La humanidad espera.

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