Participación de los militares venezolanos en El Reafirmazo, un análisis

Elartículo 330 de la Constitución Nacional le otorga a los militares el derechoindiscutible al voto, con la sola limitación de no postularse para cargos deelección popular ni participar en actos de proselitismo político, ni depropaganda.

Ladirección de Justicia Militar del Ministerio de la Defensa ha establecido un dictamende dudosa interpretación constitucional, al considerar que la participación demilitares en actos de recolección de firmas para referendums, es un acto deproselitismo político o propaganda.

ElTribunal Constitucional alemán ha establecido en sentencias reiteradas, asícomo la Corte Europea de Derechos Humanos, que en materia de derechos humanosciviles o políticos, la autoridad pública debe interpretar las normas jurídicasbajo el principio Favor Libertatis,el cual propugna que cuando exista duda acerca del alcance de un derechofundamental, se interpreta y aplica a favor de la más amplia libertad delciudadano.

Enel presente caso el artículo 62 de la Constitución Nacional que consagra el derechoa la participación política no discrimina entre civiles y militares, y allídonde no distingue el constituyente, no debe hacer diferencias el intérprete.De manera que los militares tienen los mismos derechos de participaciónpolítica que los civiles con las tres excepciones previstas en el artículo 330in fine de la Constitución.

Asimismo,el derecho a suscribir una petición de referéndum es un componente del derechoal voto, de manera que prohibirle a los militares que estampen su rúbrica ensolicitudes de referéndum es cercenarles un derecho fundamental que les fueotorgado en el mismo artículo 330 constitucional: su derecho al voto.

Siel militar asiste a una fila de personas para estampar su rúbrica en unasolicitud de referéndum revocatorio, como cualquier civil o ciudadano, demanera modesta y sin hacer ningún tipo de promoción, obviamente que no estáincurriendo en un acto de propaganda ni de proselitismo. El concepto depropaganda está asociado a la idea de publicidad o promoción entusiasta de unaidea, producto o servicio.

Demanera que debe quedar clara y definitivamente establecido que para losmilitares es constitucional ejercer el doble derecho, a la participaciónpolítica (artículo 62 constitucional), y a los componentes del derecho al voto(artículo 330 constitucional); y que los funcionarios que sancionen a los militarespor ejercer este derecho serán responsables penal, civil y administrativamentede esa irregularidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de laConstitución, así como serán nulos los actos sancionatorios, de conformidad conlo previsto en el artículo 138 ejusdem.

Sinembargo, aparte del análisis jurídico de la cuestión es conveniente plantearseel análisis politológico de la misma: a los efectos del resguardo de losderechos constitucionales de la ciudadanía por parte de la Fuerzas Armadas, quees un tema de seguridad de Estado, tal y como lo obliga el artículo 328constitucional, y con la metodología del realismo político: ¿deben losmilitares firmar en el Reafirmazo?.

Siendoel presente gobierno un gobierno forajido, de inspiración marxista guevarista,que no tiene empachos para apelar a mecanismo terroristas y violentos, aliadodel terrorismo internacional, con vinculaciones con Hezbolá en la isla deMargarita y en Anzoátegui (en donde, por cierto, es candidato a gobernadorTarek William Saab), así como ejerce la política de estado de desconocerderechos y desacatar sentencias; no es conveniente que los militaresinstitucionalistas se expongan ante la élite oficialista, por cuanto pueden servíctimas de una nueva purga en nuestras gloriosas Fuerzas Armadas regulares, quele den paso definitivo al establecimiento de reservistas irregulares, guardiaspretorianos al servicio de la dictadura y no de las leyes.

Losmilitares constitucionalistas son más útiles dentro de sus cuarteles que en suscasas, en términos de seguridad de estado y de defensa del régimen democrático,sin que puedan ser identificados por los enemigos del pueblo venezolano.Obviamente, la propuesta afirmativa del Fiscal General de la República acercade su futura participación en el Reafirmazo, es una trampa, que busca su plenaidentificación para que puedan ser neutralizados con remociones y retiros. Noolvidemos la presencia infame de dos generales cubanos, veteranos de guerra,actualmente en el país, quienes son asesores de los altos mandos. “El destino dela revolución cubana depende del destino de la revolución bolivariana”, FidelCastro.

Dignosmilitares institucionales de la patria: ¡no se expongan a una nueva purga quesería fatal para la Nación!, los necesitamos en los cuarteles. En la Hora H deldía D, ustedes junto a sus tropas y al pueblo de Venezuela, se llenarán deGloria. La sociedad civil sola, desbordará a la dictadura los días de ElReafirmazo. Ustedes, como siempre, deben ser centinelas silenciosos de laLibertad, la cual llegado el momento, podrá ser defendida con la sangre, comolo hicieron los padres de la Patria.

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