Oficina de Naciones Unidas insiste en críticas a ley que da beneficio a paramilitares
El organismo señaló que su reciente reglamentación «no logra establecer adecuadamente el respeto por los derechos de las víctimas».
Según un comunicado expedido por la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, «la Ley no ha logrado establecer el marco jurídico para el desmantelamiento de los grupos ilegales, el reintegro a la sociedad de sus miembros y el respeto a la verdad, justicia y reparación de las víctimas».
La ONU también destacó las críticas a la reglamentación de la ley según las cuales, los testaferros de los bienes adquiridos por los paramilitares no resultarán castigados.
«La Oficina destaca los riesgos derivados de la aplicación del principio de oportunidad con respecto a personas que, sin pertenecer a grupos armados organizados al margen de la ley, han participado en la adquisición, posesión, tenencia y transferencia de los bienes ilícitos que se entreguen para la reparación de las víctimas», añadió.
Al mismo tiempo, la dependencia de la ONU recordó «que al aplicar el principio de oportunidad, la Fiscalía General debe tener en cuenta las obligaciones Internacionales del Estado colombiano en el ámbito de la administración de justicia y de la lucha contra la impunidad».
La llamada Ley de Justicia y Paz concedió estatus político a los paramilitares de extrema derecha y fijó penas máximas de ocho años de cárcel para los ex combatientes acusados de delitos atroces, como masacres, secuestro, desaparición y desplazamiento.
También estableció la confesión espontánea de delitos, la reparación a las víctimas de la violencia y la devolución de los bienes adquiridos ilegalmente.
Las paramilitares Autodefensas Unidas de Colombia (AUC) llevan a cabo desde 2003 un proceso de paz con el gobierno que ha posibilitado la desmovilización de unos 13.600 de sus miembros, con el objetivo de lograr el desarme de la organización que cuenta con unos 20.000 hombres, antes de febrero próximo.
Con AFP.
Texto del comunicado de la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos de las Naciones Unidas:
La reglamentación de la “Ley de Justicia y Paz” no logra establecer adecuadamente el respeto por los derechos de las víctimas
La Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha tomado nota de la expedición del Decreto 4760 de 2005, por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 975 del mismo año, conocida como Ley de justicia y paz.
La Oficina observa que con las normas reglamentarias de la Ley 975 no se ha logrado establecer el marco jurídico integral aconsejable para conseguir, simultáneamente, el desmantelamiento efectivo de los grupos armados ilegales, el reintegro a la sociedad de sus integrantes y el pleno respeto por los derechos a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas de crímenes atroces cometidos por miembros de esos grupos.
La Oficina destaca los riesgos derivados de la aplicación del principio de oportunidad con respecto a personas que, sin pertenecer a grupos armados organizados al margen de la ley, han participado en la adquisición, posesión, tenencia y transferencia de los bienes ilícitos que se entreguen para la reparación de las víctimas. La Oficina recuerda que al aplicar el principio de oportunidad la Fiscalía General de la Nación debe tener en cuenta las obligaciones Internacionales del Estado colombiano en el ámbito de la administración de justicia y de la lucha contra la impunidad.
La Oficina continuará, en el marco de su mandato de observación y asesoría, dando seguimiento a la aplicación de la Ley 975 de 2005, para establecer si ella es compatible con las exigencias internacionales en materia de derechos de las víctimas de graves violaciones de los derechos humanos y de crímenes de guerra.
1 El proyecto que luego se convirtió en la Ley 975 de 2005 fue objeto, a lo largo de su trámite legislativo, de continuas observaciones por parte de la Oficina. Estas en su mayoría no fueron totalmente tenidas en cuenta por las autoridades colombianas. Ver: Consideraciones sobre la Ley de Justicia y Paz, 27 de junio de 2005; Sin la verdad no puede haber justicia y reparación, ni paz y reconciliación, 13 de junio de 2005; Como presupuesto básico para alcanzar una paz sostenible y una sociedad reconciliada, los procesos de negociación con grupos armados ilegales necesitan un marco jurídico que respete los derechos de las víctimas a la verdad, a la justicia y a la reparación, 1 de marzo de 2005; Patrones internacionales en materia de verdad, justicia y reparación para lograr la superación del conflicto armado interno, 2 de abril de 2004; Alternatividad penal, justicia y reconciliación, 25 de marzo de 2004; Observaciones sobre el proyecto de ley “por la cual se dictan disposiciones en procura de la reincorporación de miembros de grupos armados que contribuyan de manera efectiva a la paz nacional”, 23 de septiembre de 2003; Reflexiones sobre los principios concernientes al derecho a la verdad, a la justicia y a la reparación, 16 de septiembre de 2003. Estos y otros documentos sobre el tema pueden ser consultados en la página web www.hchr.org.co