Simulacros de protección civil son una exigencia legal en España

En mis conversaciones con políticos y técnicos responsables de la Seguridad Pública en Comunidades Autónomas y Municipios, me he encontrado con un cierto excepticismo con respecto a la utilidad de la realización de ejercicios y simulacros de emergencias, restringiendo con ese motivo su programación. Ante esta evidencia, me parece oportuno exponer algunas consideraciones al respecto y presentar un novedoso proyecto del Departamento de Formación de Directivos de BELT IBÉRICA, S.A.
En primer lugar es necesario aclarar que la realización de ejercicios y simulacros es una exigencia legal, recogida su obligatoriedad en la Ley de Protección Civil, Norma Básica y demás disposiciones que desarrollan diversos aspectos de las emergencias y de la protección civil en los distintos niveles de planificación y actuación. Así mismo se recoge en la legislación de Prevención de Riesgos Laborales y en otras que pretenden superar situaciones catastróficas en sectores específicos, como sanidad, espectáculos públicos, instalaciones industriales, etc. En todas las normas anteriores se ordena la realización de ejercicios y simulacros como un factor importante para el “mantenimiento del plan de emergencia”.
Se podría definir un ejercicio o simulacro como la representación de situaciones de la manera más aproximada posible a la realidad del hecho o acontecimiento propuesto para ser simulado, pudiendo clasificarses de muy diversas categorías: de cuadros de mando, en fuerza, anunciado, sorpresivo, total, parcial, por su alcance geográfico, por el evento catastrófico a simular, etc.
La realización de un ejercicio o simulacro es un acto complejo, que exige un planeamiento previo y una eficaz organización. Para ello se deben crear dos estructuras, una denominada “Dirección del Ejercicio o Simulacro” y la otra “Mando del Ejercicio o Simulacro”. La primera constituida por un Director, que es el responsable máximo del evento, encargado de fijar la finalidad y objetivos que se pretenden alcanzar y que posteriormente analizaremos con algo más de detalle; y conformada por distintos equipos: “de Planeamiento”, “de Incidencias”, “de Seguridad” y “de Arbitraje”; y la segunda por la propia organización de emergencias, es decir Centros de Coordinación Operativa, Puestos de Mando y Unidades Operativas de Servicios de Extinción de Incendios y Salvamento, Policías, Servicios Sanitarios, Voluntarios de Protección Civil, otros Servicios relacionados con las emergencias, empresas e instituciones públicas y privadas, etc.
La finalidad y objetivos de la activación de un Plan de Emergencias para un ejercicio o simulacro son de muy variada índole, debiéndose de comenzar por objetivos poco ambiciosos, para alcanzar en ejercicios sucesivos objetivos de mayor alcance. Ejemplos de objetivos serían: conocimiento mutuo de los servicios intervinientes en una emergencia; coordinación de servicios; tiempos de respuesta; presentar creíble la respuesta ante emergencias de un territorio o instalación a la opinión pública; funcionamiento de las redes de comunicaciones y de los sistemas informáticos; comprobar la bondad de las guías de respuesta ante un evento catastrófico; y un etcétera de acuerdo con las características del ejercicio o simulacro que se pretende desarrollar.
Si nos fijamos en la estructura de dirección, se recogen distintos equipos, siendo el de planeamiento el que fija el “ambiente” en que se va a desarrollar y el “riesgos” que se pretende simular; pudiéndose transformar este equipo en de incidencias, cuando se pone en marcha el ejercicio o simulacro, planteando diversas incidencias, lo más reales posibles al “Mando” para que este decida y se actúe en consecuencia. El equipo de arbitraje tiene por función, recoger en formularios, y en soportes audio y video las diversas situaciones planteadas y las actuaciones de las unidades operativas, para posteriormente extraer conclusiones útiles. Por último el equipo de seguridad, ajeno al “Grupo de Seguridad” interviniente, es el que proporciona seguridad al conjunto, evitando accidentes o daños a personas y bienes, de esta forma el Mando del ejercicio solamente tiene que atender a la seguridad intrínseca de los servicios que intervienen y a constituir los cordones de seguridad que ante cualquier emergencia se dispongan.
La Dirección del Ejercicio o Simulacro dicta una “Directiva” en donde se recogen las líneas maestras y directrices en que se desarrollará el ejercicio o simulacro; y el Mando del Ejercicio elaborará una “Orden de Ejecución”, asignando misiones a los distintos servicios, creando una estructura de mando en la simulada zona de emergencia y estableciendo las medidas de coordinación pertinentes.
Previo a la ejecución del ejercicio o simulacro se programan varias reuniones de coordinación, y con posterioridad al mismo, se realizan dos reuniones, una que podríamos denominar de “primeras impresiones”, realizada inmediatamente después, y otra de “lecciones aprendidas”, en donde, tras los informes preceptivos de los intervinientes, se extraen conclusiones que se implementan en los distintos Planes de Emergencias.
Para que sea productivo la realización de un ejercicio o simulacro, es necesario disponer de técnicas y conocimientos específicos, por ello, Belt Ibérica, S.A., está creando un curso e-learning, es decir a través de ordenador e internet, en donde se enseñará la metodología a seguir sobre la base de una parte teórica y otra práctica, plasmándose en la primera los conceptos y en la otra las experiencias de ejercicios y simulacros ya realizados por la Consultora. Para obtener el diploma acreditativo, el concurrente al curso, deberá realizar un ejercicio o monografía sobre un tema concreto que le encargará la dirección del curso.
Con este producto formativo, Belt Ibérica, S.A. quiere rellenar un hueco de conocimientos para los profesionales y directivos de las emergencias.

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