Feminicidio será delito de lesa humanidad en México

Francisco Reséndiz y Jorge Herrera
El Universal
Ciudad de México
Jueves 27 de abril de 2006
17:16 Con el apoyo de todas las fuerzas políticas nacionales, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó por 314 votos a favor, la creación de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
Con esta legislación, la Federación, estados y municipios tomarán las medidas presupuestales y administrativas para garantizar la prevención, atención, sanción y erradicación de todos los tipos de violencia contra las mujeres durante su ciclo de vida.
El dictamen menciona que los principios rectores para el acceso a una vida libre de violencia son: la igualdad jurídica entre la mujer y el hombre, el respeto a la dignidad humana de las mujeres, la no discriminación y la libertad.
Asimismo, puntualiza que la Secretaría de Seguridad Pública deberá integrar un Banco Nacional de Datos e Información sobre casos de violencia contra las mujeres, así como establecer las acciones y medidas que deberán tomar para la reeducación y reinserción social del agresor.
De la misma forma, en la sesión de este jueves el pleno de San Lázaro tipificó al “feminicidio” como delito de lesa humanidad. El pleno consideró que la muerte violenta de una mujer, a manos de otra persona por cuestión de género, es un delito grave, por lo que se sancionará con 40 años de cárcel y multa de 4 mil a 10 mil días de multa.
La reforma adiciona el artículo 149 al Código Penal Federal y establece que comete delito de “feminicidio” quien, con propósito de destruir total o parcialmente a uno o más grupos de mujeres por motivos de su condición de género, perpetrase por cualquier medio delitos contra la vida de las mujeres pertenecientes al grupo o grupos.
Se define la “condición de género” como la situación social que determina comportamientos socioculturales estereotipados, donde las mujeres se encuentran en desventaja, discriminación y alto riesgo resultado de una relación de poder desigual.
iqr/eca

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