En Argentina autorizaron cese de tratamiento a niño con enfermedad terminal

Una jueza neuquina autorizó a los padres de un niño de once años, afectado por una enfermedad incurable, a evitar que el paciente sea sometido a tratamientos invasivos, por considerarlos «cruentos e inconducentes respecto de una muerte digna».
Así lo informó hoy a través de un comunicado la oficina de prensa del Superior Tribunal de Justicia neuquino, al señalar que la medida fue dispuesta el 20 de marzo por la jueza de familia, niñez y adolescencia Isabel Kohon, en el marco de un fallo que no registra antecedentes en la provincia.
Distintos especialistas consultados coincidieron también en que no se trata de un caso de eutanasia.
Según informó oficialmente el Tribunal Superior, la jueza tomó la decisión tras analizar la presentación del director del hospital Castro Rendón, José Russo.
Russo efectuó la requisitoria en virtud de la decisión de los padres del niño que sufre de una enfermedad crónica neurometabólica progresiva, denominada Mucopolisacaridosis, ante una eventual crisis respiratoria, no sea ingresado en la sala de terapia intensiva de niños a efectos de recibir tratamientos invasivos.
El funcionario basó su presentación ante el juzgado en la necesidad de obtener autorización «para respetar las decisiones anticipadas y plasmadas por escrito en la historia clínica» del niño «dado la supremacía del valor vida en nuestro orden constitucional y el eventual conflicto de intereses atento a que el médico está obligado a actuar en cumplimiento del deber legal de defensa de la vida y la salud del enfermo».
También expresó que «la enfermedad no tiene tratamiento curativo y sus padres lo acompañan y asisten durante la evolución de aquella; lo ayudan a ejercer su derecho a vivir con la mayor dignidad posible».
Según pudo conocerse hoy, los padres argumentaron en su planteo que no quieren bajo ningún punto de vista «prolongar su agonía» y que «debe tener vida pero que sea digna y que también su muerte lo sea».
Además, la parte resolutiva del fallo la jueza dispuso «hacer saber a los médicos tratantes que deberán realizar todas las prácticas médicas consideradas como cuidados paliativos, disponiendo las medidas necesarias a fin de que (el niño) no sea privado de confort físico y espiritual, aliviando su sufrimiento y mejorando la calidad de vida remanente, y evitando que el niño ingrese a terapia intensiva infantil a efectos de recibir tratamientos invasivos».

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