La trata de personas sigue dejando cuantiosas víctimas alrededor del mundo, por lo que las naciones suman esfuerzos para prevenir y erradicar este delito
La Declaración Universal de los Derechos Humanos consagra en su artículo primero que “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”.
A pesar de esta reivindicación producto de una lucha ancestral de los pueblos, algunas organizaciones dedicadas al crimen han desvirtuado este concepto, produciendo y ofreciendo bienes y servicios ilegales para su provecho.
Estas redes delictivas ahora se revisten de un carácter transnacional, puesto que operan permeando las fronteras. Dicho escenario ha generado gran preocupación en los países del mundo; por tal motivo, han suscrito y ratificado instrumentos de derecho internacional para combatir la globalización del crimen, prevenir la comisión de delitos de esta naturaleza sancionar a los responsables y proteger a las víctimas. Estos marcos fundamentales son:
• Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional
• Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños
• Convención Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes por tierra, mar y aire
El crimen organizado transnacional lleva a cabo los siguientes delitos: formación, masificación y control de pandillas y carteles de droga; actividades vinculadas con el narcotráfico, tráfico ilícito de migrantes, falsificación de bienes, lavado de dinero, delitos informáticos, piratería, entre otros.
Durante la presentación en el año 2012 de un informe de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc, por sus siglas en inglés), titulado “La globalización del delito: evaluación de la amenaza que plantea la delincuencia organizada transnacional”, el entonces director ejecutivo, Antonio María Costa, señaló: “La delincuencia organizada se ha globalizado convirtiéndose en una de las primeras potencias económicas y armadas del mundo”.
La trata de personas es uno de los mayores ejemplos de esta oscura realidad que oprime y cercena los derechos de seres libres e iguales y, constituye una de las expresiones delictivas más alarmantes de nuestros días, dado que violenta los derechos humanos de las personas al tiempo que degrada su dignidad.
¿En qué consiste la trata de personas?
De acuerdo con el “Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños”, es la acción de captar, transportar, trasladar, acoger o recibir personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra con fines de explotación.
Se trata de un negocio que genera miles de millones de dólares al año alrededor del mundo, que convierte a las personas en “mercancías” expuestas a la explotación sexual, laboral, extracción de órganos, servidumbre doméstica, mendicidad, entre otras.
Según cifras de la Unodc, se estima en 2,5 millones el número de personas víctimas de la trata.
Asimismo, se calcula que por cada víctima de la trata de personas identificada existen 20 más sin identificar y el mercado ilícito se estima en 32 billones de dólares.
Trata de personas Vs. Tráfico de personas
Para algunos la trata de personas y el tráfico de personas pueden ser términos intercambiables, sin embargo, se trata de conceptos que, si bien están estrechamente relacionados, son distintos.
Como se destacó anteriormente, la trata de personas consiste en la captación a través del engaño y la posterior explotación, mientras que el tráfico de personas ha sido definido como la facilitación de la entrada ilegal de una persona en un Estado del cual dicha persona no sea nacional o residente permanente con el fin de obtener, directa o indirectamente, lucro, utilidad o cualquier beneficio de orden financiero o material.
La trata de personas se produce a través de una realidad falseada, mientras que el tráfico de personas se lleva a cabo en el marco de una relación consciente cuya raíz viene dada por el dinero.
BAJO ENGAÑO: DE PERÚ A VENEZUELA
Una joven de 17años de edad y su madre, oriundas de Perú, cayeron en la trampa de una pareja de tratantes de la misma nacionalidad, que se aprovechó de la precaria situación en la que se encontraban y le ofrecieron a la adolescente la posibilidad de superarse y obtener una mejor calidad de vida en suelo venezolano.
Dicha pareja prometió a la madre que su hija estaría en buenas manos, bajo la premisa de que estudiaría y trabajaría de manera simultánea; sin embargo, esto nunca ocurrió. Luego del traslado de manera ilegal hasta Venezuela, la joven estuvo cautiva en Valencia, estado Carabobo, donde fue obligada a desempeñar labores domésticas en la casa de los
tratantes. Aquellas promesas de estudiar y superarse nunca se cristalizarían, la historia sería otra.
La madre de la víctima, al saber que habían sido engañadas y conociendo la situación de su hija, denunció la irregularidad ante las autoridades peruanas, que pronto iniciaron las acciones respecto a este hecho.
La Fiscalía General de la República de Perú, a través de una solicitud de asistencia mutua, exhortó al Ministerio Público venezolano a investigar la situación de la joven peruana que estaba siendo explotada laboralmente, pues el delito estaba consumándose en suelo venezolano.
La fiscal 8° nacional, Mery Gómez Cadenas, inició la investigación de dicho caso y como parte de las diligencias pertinentes, solicitó una orden de allanamiento de la vivienda donde se presumía se encontraba la adolescente, requerimiento que fue acordado por un tribunal de control.
Explicó Gómez que la joven vivía junto a sus tratantes, prácticamente en una situación de pobreza extrema.
Evidenciándose la flagrancia, la joven fue repatriada, pero realizó una declaración como prueba anticipada.
Los captores fueron privados de libertad y se encuentran recluidos en el Internado Judicial de Carabobo, mejor conocido como Tocuyito, a la espera de la celebración del juicio.
Los presuntos responsables fueron acusados por la comisión del delito de trata de personas, previsto y sancionado en la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en concordancia con convenios y protocolos internacionales mencionados anteriormente y que han sido suscritos y ratificados por Venezuela.
Vale destacar que el crimen organizado transnacional, y en especial la trata de personas, puede ser prevenido y sancionado gracias a la cooperación internacional y las políticas mancomunadas que desarrollan todos los organismos del Estado.
Fuente: mp.gob.ve