La Corte Internacional de Justicia (CIJ) rechazó por unanimidad la demanda presentada por Serbia y Montenegro en referencia a la crisis de Kosovo.
Con esta sentencia, que no puede ser apelada, la CIJ, máximo órgano judicial de las Naciones Unidas, se declaró sin competencias ni jurisdicción para aceptar el contencioso presentado por Serbia y Montenegro contra Bélgica, Gran Bretaña, Canadá, Italia, Portugal, Francia, Alemania y Holanda.
El juez chino Shi Jiuyong explicó durante la lectura del fallo que la razón principal para desestimar la demanda se basa en el hecho de que la entonces República Federal de Yugoslavia no era un miembro de la ONU en 1999, cuando presentó la denuncia.
La CIJ solamente puede resolver contenciosos entre Estados que hayan firmado su Estatuto, para lo cual es necesario ser miembro de las Naciones Unidas.
Aunque la decisión de falta de jurisdicción fue aprobada por unanimidad, el vicepresidente de la Corte, Raymond Ranjeva, de Madagascar, y otros seis jueces firmaron un documento en el que expresan su disconformidad con el razonamiento de esa sentencia.
Este grupo de 7 magistrados hubiera preferido que la razón principal de la CIJ para rechazar su competencia en el caso hubiese sido que en caso del bombardeo de Kosovo no se puede demostrar la «intención de cometer genocidio».
De este modo, la demanda de Serbia y Montenegro no estaba amparada por la Convención de Genocidio de 1948, argumento que también hubiese llevado a la Corte a declararse sin jurisdicción en el caso.
En su declaración conjunta, los jueces expresaron su preocupación por «las posibles implicaciones de este fallo en otros casos pendientes de resolución».
En concreto se refirieron al contencioso presentado en 1993 por Bosnia contra Serbia y Montenegro, a la que acusaban de agresión y genocidio.
En febrero de 2003, la CIJ decidió tramitar este contencioso, a pesar de que el país demandado, Serbia y Montenegro, tampoco era miembro de la ONU cuando se presentó la demanda en su contra.
Serbia y Montenegro, que en el momento de presentar la demanda aún se llamaba República Federal de Yugoslavia, estuvo excluida de la ONU entre 1992 y 2000, por el papel jugado en la guerra de Bosnia, con la que entró en conflicto después de que ésta proclamara su independencia en 1992.
Belgrado reivindicó la jurisdicción de la CIJ basándose en la Convención contra el Genocidio de 1948, pero la Corte dijo hoy que Serbia y Montenegro tampoco podía atenerse este tratado porque no estaba en vigor en 1946, cuando la Corte fue fundada.
Los Estatutos de la Corte estipulan excepciones según las cuales se puede aceptar contenciosos presentados por países no miembros de la ONU, pero ello solo es posible cuando esos países han firmado un tratado en vigor desde el año de fundación de la CIJ.
Yugoslavia presentó el caso ante la Corte Internacional de Justicia el 29 de abril de 1999, un mes después de que se iniciase la campaña de bombardeo de la OTAN.
El último conflicto balcánico, que se desencadenó a principios de la década de los noventa, enfrentó a serbios, croatas y musulmanes bosnios y kosovares, y provocó la desintegración de la República Federal Yugoslava en diferentes Estados independientes.
Belgrado ha mantenido que la campaña de bombardeo de la OTAN, que duró 78 días, constituyó un acto de genocidio porque supuso un acto de «intimidación a Yugoslavia y a la totalidad de su población (…) imponiéndole por la fuerza que aceptase las demandas de los miembros de la Alianza Atlántica» durante la crisis de Kosovo.
La CIJ, que es el máximo órgano judicial de la ONU, ha estado deliberando sobre esta cuestión durante casi ocho meses.
La decisión tomada hoy es definitiva y no puede ser sometida a apelación.
La Haya
Con Efe